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29/10/2025.- Actuación en los supuestos de alertas emitidas por Protección Civil

Recordamos la existencia de un permiso retribuido por imposibilidad de acudir al trabajo y por otra parte, lo que el trabajador debe hacer en estos casos.

El Estatuto de los Trabajadores refuerza esta protección. En su artículo 37.3.g) establece que el trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro días.

Más información en nuestra zona privada para afiliados ‘Circulares Laborales’

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