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RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

 

El próximo 1 de julio entra en vigor la Ley Orgánica 1/2015 que modifica el código penal.

 

Entre estas modificaciones destacaremos que, conforme a lo dispuesto en el art. 31 bis, una empresa pueda ser declarada penalmente responsable y por tanto pueda ser condenada.

 

Para tratar de evitar estas consecuencias, además de elaborar un plan de prevención de delitos, se hace del todo necesario llevar a cabo una cierta labor de concienciación del empresario (además de la información básica sobre la reforma), ya que, lejos de parecer una “traba” más o un coste para la empresa, podría ser la justificación perfecta para implantar códigos éticos y de buen gobierno. Todo ello sin olvidar que disponer del plan de prevención genera mayor tranquilidad y mejor reputación, posicionando mejor a la empresa entre sus competidoras.

 

 

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