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CRITERIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO SOBRE LOS ERTEs POR FUERZA MAYOR TOTAL Y PARCIAL – 04/06/20

Tras la publicación del Real Decreto-ley 18/2020, de medidas sociales en defensa del empleo, se han venido suscitando numerosas dudas sobre el contenido de esta norma, que tras las cuestiones planteadas desde distintos ámbitos, la Dirección General de Trabajo ha intentado aclarar.

De entre las medidas que contiene el citado acuerdo, destacan las relativas a la flexibilización de los ERTEs, especialmente de los de fuerza mayor, con motivo del progresivo relajamiento de las medidas de confinamiento y restricción de las actividades empresariales, que están teniendo como consecuencia lógica la paulatina recuperación de la actividad económica. Pues bien, a pesar de su origen negociado, el nuevo Real Decreto-ley no constituye ninguna excepción a la tónica general de las disposiciones aprobadas por el Gobierno desde el pasado mes de marzo, ya que provoca números interrogantes que complican la labor de los aplicadores del Derecho y producen la indeseada falta de seguridad jurídica para las empresas.

La Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social (DGT) ha sido de nuevo interpelada, en esta ocasión, para obtener su opinión acerca de algunas -que no todas- las cuestiones más polémicas que incorpora el Real Decreto-ley 18/2020, opinión que, como hemos reiterado, no tiene carácter vinculante sino meramente informativo. Y, lamentablemente, hemos de constatar que, una vez más, algunas de las respuestas de la DGT no son en absoluto claras, como cabría esperar de un documento de su naturaleza. Resumimos a continuación el contenido de la contestación a las preguntas formuladas al centro directivo.

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Joaquín Vázquez González

Tfno.: 959 208300; joaquin@foe.es

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