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ENTRA EN VIGOR LA LIMITACIÓN DE TASAS AL PAGO CON TARJETAS

ENTRA EN VIGOR LA LIMITACIÓN DE TASAS AL PAGO CON TARJETAS

El pasado sábado entró en vigor en España el nuevo límite establecido para las tasas de intercambio en operaciones de pago con tarjetas, con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Hay que tener en cuenta en primer lugar que esta nueva norma será de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2014, por lo que hasta entonces se podrán seguir aplicando las mismas tasas que hasta ahora.

Otro aspecto a destacar en que estos límites sólo se aplicarán a pagos realizados en puntos de venta españoles en los que participe al menos un proveedor de servicios de pago español, y en ningún caso a las operaciones realizadas con tarjetas de empresa, tarjetas corporativas ni a la retirada de efectivo.

Los nuevo límites máximos son los siguientes:

Tarjetas de débito

  • 0,2% del valor de la operación, con un límite de 7 céntimos, para operaciones que superen los 20 euros.
  • 0,1% para operaciones de hasta 20 euros.

Tarjetas de crédito

  • 0,3% del valor de la operación si es superior a 20 euros.
  • 0,2% del valor cuando el valor no supere los 20 euros.

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