Se ha publicado el presente Real Decreto, en el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, con efectos de 1 de septiembre.
Este régimen se aplica durante los primeros 365 días, a los procesos de incapacidad temporal, en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, tanto derivados de contingencias comunes como profesionales.
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